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Abogados Parejas de Hecho

Somos un Despacho de Abogados expertos en uniones o parejas de hecho. Nuestros letrados le asesorarán sobre asuntos como: Requisitos para que exista la pareja de hecho, su acreditación, las relaciones económicas, la vivienda en común, el registro de las uniones de hecho etc.
Nuestro consejo: Confíe su caso en abogados expertos en Derecho de Familia.

Sobre las Parejas de Hecho

Muchas personas, hoy en día, deciden convivir junto a su pareja sin formalizar su situación mediante un matrimonio civil o canónico. No es una situación nueva o exclusiva de nuestro era; esta unión paramatrimonial ya tuvo sus orígenes hace siglos en lo que hoy conocemos como barraganía, amancebamiento o concubinato: la libre unión de dos individuos (generalmente hombre y mujer) que decidían cohabitar como matrimonio sin que entre ambos mediara un vínculo conyugal.

Sin embargo, en la actualidad encontramos algunas diferencias con respecto a lo que suponía este modo de convivencia en la antigüedad. Por un lado, una mayor aceptación social; ya no está mal visto que dos personas establezcan una unión familiar de hecho y que, además, ésta pueda constituirse entre dos miembros del mismo sexo; por otro lado, además, dicha unión disfruta de un mayor reconocimiento legal.

Regulación de las parejas de hecho

La regulación de las parejas de hecho en España puede ser bien distinta dependiendo de cada comunidad autónoma. Por tanto, una vez cumplidos los requisitos establecidos en cada régimen autonómico, cualquier pareja que lo desee podrá acreditar su unión de hecho mediante determinadas pruebas documentales, tales como el Registro municipal de Parejas de Hecho, contratos bancarios, contratos de arrendamiento y/o compra-venta de bienes o inmuebles, inscripción en el padrón municipal, libro de familia, además de la firma de las capitulaciones paramatrimoniales.

Este último es un documento que puede establecerse de forma privada pero que, en la mayoría de los casos, se otorga mediante Notario. En el mismo se fijan las condiciones que regirán la unión de la pareja desde el mismo instante de su firma y que continuarán vigentes, incluso, en el proceso de disolución de la misma (régimen económico, uso del domicilio familiar, pensión alimenticia, pensión compensatoria, etc.)

Ruptura de una pareja de hecho

En el caso de la ruptura de una pareja de hecho, si bien la legislación española no establece una regulación específica a este respecto, por lo general suele defenderse y regirse de manera análoga a los procedimientos de disolución matrimonial, distinguiéndose los mismos supuestos: casos en los que ambas partes han alcanzado un acuerdo o aquellos otros en los que ha de recurrirse a un procedimiento judicial.